Marchamo, Inscripción de vehículos.
JGHC.Dentro de un país tan peculiar como lo es Costa Rica , es de sobra conocido que la tramitología reina entre las instituciones , especialmente las estatales .
Es de entender que dentro de los delicados procesos que con lleva el mantenimiento del orden y la paz social de un pequeño terruño existan elaborados procesos y trámites para cumplir cabalmente la formalidad que debe existir para brindar ocupación a burócratas , es igualmente comparable a la desinformación reinante entre los usuarios de dichos sistemas que ponen en manos de tinterillos y expertos en la maraña de acciones su suerte en la solución de su diligencia.
Más la crítica sin aporte y desde la comodidad del sillón, es estéril , si no se acompaña de un aporte o una idea de solución para aportar a la causa.
Entonces con esa idea en la mente escribo el blogg de hoy , para aportar información, aunque sea mínima , en la soluciones de la desinformación que abunda en el reino mágico de la tramitología.
Marchamo , seguro obligatorio automotor , que debe pagar todo vehículo auto propulsado para poder transitar en las tan cuestionadas vías de circulación, por tanto si un vehículo que es usado , y además es de primera inscripción , deberá pasar una serie de instancias antes de contar con todas las bendiciones requeridas por el aparato estatal , para poder circular .
En primer lugar con la boleta de inscripción, con la que el vehículo sale del barco , conocido como DUA ( Documento Unico de Aduana) , con la que el mismo debe ir a RTV ( Revisión Técnica ), para corroborar la veracidad de su datos de inscripción del buen estado en general del mismo.
Así mismo pagar en las instancias del INS , los costos del llamado marchamo , donde se obtiene un recibo de placa placa temporal , el cual aclaro , es para trámite y no para circular el vehículo , mismo el cual se presenta en el registro de la propiedad para para su debida inscripción y solicitud de las placas metálicas.
Una vez que el registro entrega el conocido título de propiedad junto con las placa metálicas , se procede a presentarse en las oficinas de RTV a retirar el formulario de comprobante de inspección y el respectivo stikcer , que debe colocarse en el automotor.
Posteriormente dirigirse a las sucursales del INS , con los comprobantes respectivos para retirar el derecho de circulación y el stikcer de marchamo.
En la tramitología , no aplican la ley universal de las matemáticas , " el orden de los factores SI afecta el producto " , por lo que para obtener el ansiado permiso para circular del automotor , debe seguirse rigurosamente el orden del consejo que brindo hoy .
Tal vez con esta información no acabemos con el hambre mundial , ni tampoco llevará a la iluminación a algún erudito , sin embargo es un humilde aporte al colectivo cultural , y aunque gota simple en un mar de trámites , de de pellizco en pellizco , se mata a un elefante.

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